Fumigar la casa por culpa de una plaga, ¿quién lo paga, el inquilino o el arrendador? Esta es otra de las disyuntivas que tiene el inquilino cuando por desgracia sufre alguna de estas plagas en su hogar.
Disponer de un seguro de alquiler ayuda a resolver estos problemas que de otra forma se pueden convertir en muy molestos.
Normalmente este tipo de fumigación no suelen ser muy costosas, alrededor de los 150 euros cobran los especialistas en fumigación por controlar este tipo de plagas, pero la duda surge a la hora de hacer frente a este gasto inesperado.
En primer lugar, hay que señalar que el arrendador del inmueble tiene la obligación de entregar la vivienda en un estado óptimo, por lo que todos estos problemas no deberían existir a la hora de entrar a vivir en la casa. En cualquier caso, si este tipo de plagas se produce en durante las primeras semanas de estancia del inquilino, lo normal es que sea el propietario del piso el que haga frente a este tipo de situaciones y por ende sea el encargado de pagar la fumigación.
Por el contrario, si este tipo de plagas se produce transcurrido ya varios meses desde que el inquilino entró a vivir, debe ser el arrendatario el responsable de sufragar los costes de la limpieza de la casa, ya que puede ser que haya sido producida por los malos hábitos de las personas que viven en el piso.
Los seguros de alquiler son básicos para que el funcionamiento sea óptimo.
De todas formas, los expertos recomiendan que sería más que aconsejable que la comunidad de propietarios contratara a una empresa especializada en este tipo de situaciones, ya que pudiera ser que el origen de la plaga puede no estar en la propia vivienda si no afectar también a otros inmuebles y zonas comunes del edificio.
En definitiva, es aconsejable que realizar una inspección completa del edificio por si existiera la posibilidad de que la plaga tuviera su origen en otra zona, pero lo normal es que sea el inquilino quien se haga cargo de los gastos en caso de producirse la plaga una vez transcurrido ya un tiempo desde la entrada en la vivienda.
2 comentarios
Muy bien vuestro artículo sobre los impuestos que genera un alquiler, pero os habéis olvidado del impuesto vigente (al menos en Comunidad de MAdrid) que se aplica con cargo al arrendador cuando existe un aval personal a favor de los inquilinos, adicional a la fianza en metálico y al seguro de protección de alquileres. Están inspeccionando TODOS los contratos para recaudar más.
¡Un dato muy interesante Javier! Aunque no hemos tenido en cuenta impuestos aplicados en las Comunidades Autónomas.
¡Gracias por el aporte!