Una de las cosas más controvertidas en las comunidades de propietarios es la cuota de la comunidad. Ahí surgen la gran mayoría de problemas. Así, en medio de toda la situación que vivimos como consecuencia de la pandemia, y después de que los índices de morosidad se hayan incrementado, desde Alquiler Protegido contestamos a si es legal publicar la lista de vecinos morosos de la comunidad.
La respuesta es sencilla. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), “como último recurso, se puede publicar la lista de morosos en el tablón de anuncios de la comunidad o en su defecto en un lugar visible, donde permanecerán tres días naturales consecutivos. El documento se acompaña de un escrito fechado del secretario, en el que se explique la razón por la que se anuncia en el tablón. Pasados tres días, el secretario debe expedir una nueva diligencia para hacer constar los detalles de la publicación de esa notificación. Solo de este modo la notificación en el tablón de anuncios no lesiona el derecho al honor ni vulnera la normativa sobre protección de datos”.
¿Cómo gestionar la situación con un vecino moroso?
Cuando hay un vecino moroso que no paga la cuota que le corresponde se crea un problema que a veces es difícil de gestionar al tiempo que facilite la convivencia. Desde Alquiler Protegido recomendamos que antes de recurrir a la vía judicial se intente llegar a un entendimiento y que la comunidad intente resolver el asunto lo antes posible para no verse después con cuantías y cifras desorbitadas.
En caso de no llegar a ningún acuerdo, no reconocer la deuda, y negarse a pagar, la vía judicial es la mejor de las opciones. Aquí lo explicamos.
¡Por último! Recordamos que el vecino moroso tiene derecho a asistir a la junta general de la comunidad, aunque no puede ejercer su derecho al voto, como tampoco puede realizar ningún tipo de impugnación a los acuerdos tomados en junta.