Pues está incumpliendo con la normativa y deberías ponerlo en conocimiento de las fuerzas y cuerpos de seguridad para que proceda a la sanción correspondiente. Desde que el BOE publicara la Orden SND/422/2020, es obligatorio utilizar la mascarilla en las zonas comunes cerradas, y muy recomendable en las zonas abiertas.
Así, desde Alquiler Protegido queremos recordar estas normas mínimas de convivencia en las comunidades de vecinos. Fundamentales para no seguir propagando el virus, por la salud y la protección de todos. Especialmente de los más mayores.
Normativa sanitaria
De esta manera, es muy importante llevar mascarilla siempre, sobre todo. cuando no se pueda garantizar la distancia de 2 metros, en las zonas comunes cerradas:
- Al entrar y al salir del portal
- En la escalera, pasillos y vestíbulos
- En el ascensor
- Cuartos comunes de instalaciones
- En el garaje
También es obligatorio el uso de la misma las zonas comunes, al aire libre:
- En los pasos de acceso instalaciones deportivas abiertas
- Y en los jardines y piscinas
Los
pequeños de más de seis años están obligados al uso de la mascarilla, y
recomendable para niños de entre 3 y 6 años.
Excepciones y otras recomendaciones
También os recordamos que existen excepciones para aquellas personas con dificultad respiratoria, cuando esté contraindicada por motivos de salud justificados, dependientes o discapacitados con alteraciones de conducta que hagan inviable su uso y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Y que no solo es importante mantener una distancia de seguridad, sino también extremar la limpieza diaria con geles desinfectantes y lejía en las zonas más sensibles, como son la puerta de acceso al portal, las botoneras de las cabinas de los ascensores, portero o video porteros automáticos, o los pasamanos de las escaleras; y seguir utilizando el ascensor de manera individual para evitar contactos con otros vecinos.