Mi consulta es la siguiente: en junio de 2011, alquilé una vivienda y sigo allí hasta la fecha. Me gustaría saber si puedo abandonar la vivienda en cualquier momento y si se me devolvería la fianza de un mes que aboné. El contrato que firmé era de un año con hasta cinco renovables, pero cada año firmamos un contrato nuevo. Gracias.
En primer lugar, sería necesario comprobar tu contrato de arrendamiento, a los efectos de ver si existe alguna cláusula sobre resolución anticipada del contrato. Si no existiera, deberías hablar con el arrendador para resolver el contrato anticipadamente, dado que podría exigirte que abonases las cantidades hasta el mes de junio, tal y como habéis pactado en el contrato, salvo pacto en contrario, de ambas partes, por el que se resuelva anticipadamente el contrato; normalmente, en los contratos de arrendamiento suele establecerse una cláusula que lo permite, preavisando con una antelación de un par de meses. Las arras no se pueden aplicar como renta, por lo que, en caso de que resuelvas el contrato y la casa esté en perfecto estado, se te debe devolver, con independencia de que el arrendador reclame el cumplimiento del contrato, por el plazo pactado.