Deducción por vivienda en la Declaración de la Renta

¿Sabías que hay distintas formas de pagar menos impuestos en la declaración de la renta? Sí, en esta ocasión te contamos cómo puedes beneficiarte de las deducciones que hay por vivienda habitual en la declaración de la renta, cuando tengas que poner al día tus cuentas con la Agencia Tributaria.  En apenas dos meses, el próximo 1 de abril, arrancará el plazo para presentar la declaración de 2019. La campaña de este año se extenderá hasta el 30 de junio, y en ella podrás aprovecharte de algunas deducciones especiales sobre la vivienda. Desde Alquiler Protegido queremos que consigas importantes beneficios y que la declaración te salga mejor, ya sea pagando menos o devolviéndote más.

Deducción por compra de vivienda

En primer lugar, destacamos la ventaja fiscal más conocida, la relacionada con la compra de la vivienda habitual. Aquí pueden beneficiarse quienes adquirieron o realizaron algún pago para la construcción de su vivienda antes del 1 de enero de 2013. Si es así, ¡estás de suerte! Podrás deducirte hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.000 euros.

Deducción por alquiler

Para los que tienen un contrato de arrendamiento anterior al 1 de enero de 2015, podrán deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas, siempre y cuando la base imponible sea inferior a 24.107,20€, y se mantenga en vigor el contrato de arrendamiento. Para el resto de casos, si tu contrato se firmó después del 1 de enero de 2016, no podrás desgravarte esta partida.

El caso de Madrid

En la declaración de la renta, las deducciones por alquiler y compra de vivienda se dividen en dos tramos, uno que tiene carácter estatal, y otro que pertenece al ámbito de las Comunidades Autónomas, y varía en función de la administración autonómica donde se resida.

En la Comunidad de Madrid, en el tramo autonómico, si tienes menos de 35 años puedes aplicarte una deducción del 30% de las cantidades destinadas al alquiler, hasta un máximo de 1.000 euros por año. Los menores de 40 y mayores de 35 también tienen la misma ventaja fiscal, siempre y cuando estén en situación de desempleo y con al menos dos familiares a cargo.

Por otro lado, la administración autonómica madrileña también ha establecido desde el 1 de enero de este 2020 una deducción por la compra de vivienda habitual para menores de 30 años, que alcanza el 25% de los intereses de hipoteca contraída, con un máximo de 1.000 euros anuales. Esta deducción se podrá aplicar a partir de la renta que se realice el próximo año.  

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